El pasado 12 de abril se produjo un cambio significativo en la forma de acceder a una plaza como docente dentro del sector público. Esto se debió a que este mismo día se hizo público el Real Decreto 270/2022 con el que se modifica el Reglamento de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes. ¡Sigue leyendo para conocer en qué consisten estos cambios!
Índice
¿En qué consiste el nuevo Real Decreto de educación?
Desde hacía varios meses ya se especulaba que el acceso a plazas de educación se iba a modificar. Hasta la fecha, la única manera que se tenía de optar a una plaza como docente era la realización de una oposición al cuerpo docente y especialidad que se quería. A diferencia de otros cuerpos pertenecientes a la Administración Pública, las oposiciones docentes eran de concurso-oposición, es decir, se dividían en dos fases, por un lado la fase de oposición y por otro lado la fase de valoración de méritos. El fin del Real Decreto 270/2022 es el de corregir la alta itinerancia que existe en el colectivo docente, de tal manera que pretende llevar a cabo una estabilización en este sector. Además, también establece una cohesión de la puntuación de cada Comunidad Autónoma, haciendo que todas puntúen de la misma forma, a excepción de Madrid.
Con la publicación del nuevo RD el acceso a los cuerpos docentes variaría en relación a lo expuesto en el párrafo anterior. El fin de este RD es el de modificar el Reglamento de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a los que hace referencia la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. En lo que consiste realmente esta modificación del Reglamento es en que se añadirán dos disposiciones transitorias al Reglamento. Por un lado tenemos la cuarta disposición por la que se establecen las bases del proceso de estabilización ordinario de acceso mediante concurso-oposición, y por otro lado tenemos la disposición transitoria quinta por la que se se regula el proceso de estabilización extraordinario mediante concurso de méritos.
Descargar Real Decreto 270/2022
Proceso de estabilización ordinario
Para este proceso se ha dispuesto la nueva disposición transitoria 4ª que modificará el Reglamento de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades de docentes que hace referencia a la Ley Orgánica 2/2006. Con esta disposición transitoria se establecen las bases para regular el proceso de estabilización ordinario que será mediante acceso concurso-oposición. Hasta la fecha, todos los procesos selectivos docentes se han celebrado de esta manera. Sin embargo, con la nueva disposición se ha modificado aspectos significativos tanto de la fase de oposición como de la fase de concurso de méritos.
Fase de oposición.
Con el RD la fase de oposición consistirá en la superación de dos pruebas distintas, las cuales tendrán carácter NO eliminatorio. Esta característica es la que difiere con el anterior RD, puesto que en las anteriores convocatorias de oposición se requería aprobar una parte para poder realizar la otra.
La parte A de la fase de oposición constará de un examen teórico en que se tendrá que desarrollar un tema a elegir entre los elegidos por el tribunal. El número de temas extraídos irá en proporción al total de temas que tenga el temario de cada especialidad, de tal manera que:
- Para aquellas especialidades con un número de temas inferior a 25 temas, se extraerán 3 temas.
- Para aquellas especialidades con un número de temas entre 25 y 50 temas, se extraerán 4 temas.
- Para aquellas especialidades con un número de temas superior a 50 temas se extraerán 5 temas.
Por su parte, la segunda parte de la fase de oposición, o la fase B, es la que se encarga de comprobar las actitudes pedagógicas por las que los opositores deben demostrar sus destrezas docentes. Para superar la fase se tendrá que realizar una presentación de una unidad didáctica.
Para aquellas especialidades que lo requieran, dado su carácter más técnico, se deberá llevar a cabo también un ejercicio práctico.
Fase de concurso de méritos
Tras la realización de la fase de oposición tiene lugar la fase de concurso de méritos, esta fase consiste en puntuar a razón de los méritos de los que dispone el aspirante. La puntuación máxima que se podrá obtener en este apartado es de 10 puntos, pudiéndose conseguir con los siguientes méritos:
- Experiencia docente previa: se pueden obtener como máximo 7 puntos.
- Formación académica: máximo 2 puntos.
- Otros méritos: máximo 1 mérito.
Experiencia previa docente:
En este apartado únicamente se tendrán en cuenta como máximo 10 años de experiencia. Además, de los distintos apartados a valorar que os mencionamos a continuación, solo se podrá puntuar sobre uno de ellos:
- Por cada año de experiencia docente en especialidades del cuerpo al que opta el aspirante, en centros públicos: 0,700 puntos.
- Por cada año de experiencia docente en una especialidad distinta dentro del mismo cuerpo al que opta el aspirante, en centros públicos: 0,350 puntos.
- Por cada año de experiencia docente en una especialidad distinta y un cuerpo distinto al que opta el aspirante, en centros públicos: 0,125 puntos.
- Por cada año de experiencia docente en especialidades de mismo nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que opta el aspirante, en otros centros: 0,100 puntos.
Otros méritos:
Como os indicábamos en otro apartado, la puntuación máxima que podemos obtener en esta sección es de 1 punto. En este caso podemos conseguir dicho punto de la siguiente forma:
- Por superar la fase de oposición en alguna de las convocatorias a las que se a presentado el aspirante desde el 2012: 0,75 puntos.
- Dentro de la Formación Permanente, se podrá obtener hasta un punto mediante la realización de cursos homologados para educación que tengan más de 100 horas. Por cada 100 horas de formación se puede conseguir 0,50 puntos. Por tanto, se necesitará un total de 200 horas para poder conseguir la puntuación máxima.
CURSOS HOMOLOGADOS PARA OPOSICIONES DE EDUCACIÓN
En la imagen que os mostramos a continuación se puede ver un resumen de todo lo que contiene la disposición transitoria 4ª:
Proceso de estabilización extraordinario.
Por medio de la disposición quinta se pretende llevar a cabo un proceso de estabilización, el cual tendrá carácter extraordinario. Todavía no se han fijado los requisitos de antigüedad docente que deben tener los aspirantes, pero las plazas que se verán afectadas por este procedimiento de estabilización extraordinario serán las siguientes:
- Aquellas plazas que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.
Este proceso será únicamente de concurso de méritos, de manera que aquellos interinos que cumplan con las características exigidas no tendrán que realizar ninguna prueba concreta, sino que serán puntuados por aquellos méritos de los que dispongan.
Como máximo se podrá puntuar con 15 puntos, los cuales se reparten de la siguiente forma:
- Experiencia docente previa: se puede conseguir 7 puntos máximo.
- Formación académica: se puede obtener como máximo 3 puntos.
- Otros méritos: 5 puntos como máximo.
En la siguiente imagen se expone un resumen de la disposición transitoria 5ª:
Te puede interesar:
Experiencia docente previa
Se tendrán en cuenta hasta un máximo de 10 años en este apartado, y como ocurre en el anterior proceso de estabilización, únicamente se podrá puntuar por uno de los apartados que os numeramos a continuación:
- Por cada año de experiencia docente en especialidades del cuerpo al que opta el aspirante, en centros públicos: 0,700 puntos.
- Por cada año de experiencia docente en una especialidad distinta dentro del mismo cuerpo al que opta el aspirante, en centros públicos: 0,350 puntos.
- Por cada año de experiencia docente en una especialidad distinta y un cuerpo distinto al que opta el aspirante, en centros públicos: 0,125 puntos.
- Por cada año de experiencia docente en especialidades de mismo nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que opta el aspirante, en otros centros: 0,100 puntos.
Otros méritos
Para conseguir los 5 puntos correspondientes a este apartado tenemos las siguientes opciones:
- Se valorará con 2.5 puntos cada una de las fases de oposición aprobadas desde 2012 (teniendo en cuenta hasta dos convocatorias).
- Se pueden conseguir 2 puntos máx. con formación permanente y para ello se necesitan 400 horas de cursos acreditados para docentes (por cada 100h 0,5 puntos)
CURSOS HOMOLOGADOS PARA OPOSICIONES DE EDUCACIÓN
Proceso de ingreso de cuerpos docentes (NO REGULADO TODAVÍA)
Si se analizan los procesos selectivos anteriores, se puede extraer la conclusión de que para aquellas personas que se inician en el mundo de la oposición, que no tienen experiencia ni méritos todavía, les será más complicado de lo normal poder llegar a conseguir una plaza como docente. Es por ello que tras todo el revuelo causado por la publicación del nuevo RD, los sindicatos están luchando para que se apruebe un tercer proceso de selección.
Dicho proceso selectivo será de modalidad de concurso-oposición, por lo que contará con dos fases distintas, por un lado la fase de oposición, y por otro la fase de concurso. Hasta aquí todo sería muy similar a la convocatoria de estabilización ordinaria. Sin embargo, y en él no se incluirán aquellas plazas de estabilización, pero si se incluirían aquellas plazas que se quedan vacantes tras la jubilación de los docentes o las de nueva creación.
Fase de oposición
La fase de oposición tendrá un valor sobre el total de la oposición de 66,6%. A diferencia del proceso de estabilización ordinario, las pruebas a realizar en esta fase si serán eliminatorias, de tal manera que se tendrá que aprobar la primera prueba para poder realizar la segunda.
- 1ª prueba: esta prueba se divide entre una primera parte o parte A en la que se realizará una prueba práctica, y una segunda parte o parte B en la que se tendrá que desarrollar un tema a elegir entre todos los que contiene el temario. Para aquellas especialidades que tengan hasta 25 temas se podrán elegir entre 2 temas, para las que tengan entre 26 y 50 temas, se podrá elegir entre 3 temas, y por último, para aquellas especialidades que tengan más de 50 temas se podrá elegir entre 4 temas.
- 2ª prueba: esta prueba también se compone de dos partes, la parte A será la realización de la defensa de la programación Didáctica que se tiene que realizar. Por su parte, en la parte B se tendrá que realizar la defensa , preparación y exposición de una Unidad Didáctica.
Fase de concurso:
En esta fase se pueden conseguir hasta un máximo de 10 puntos, el peso de esta fase es de un 33.3%. Los puntos se distribuirán de la siguiente manera:
- Experiencia previa: como máximo se tendrán en cuenta 5 años, y se podrán conseguir hasta 5 puntos.
- Formación académica: con ella podemos tener hasta 5 puntos adicionales.
- Otros méritos: se pueden conseguir hasta 2 puntos en este apartado.
A pesar de que este proceso selectivo todavía no está aprobado, todo apunta a que se llevará a cabo. Por tanto, para poder anticiparnos a todo ello lo primero que se puede hacer es conseguir aquellos puntos del apartado de otros méritos, mediante la realización de cursos formativos. Es una de las maneras más fáciles y rápidas de poder obtener 2 puntos en el apartado de méritos. El número de cursos y horas que puedes hacer para conseguir el máximo de puntos estaría definido por la normativa tradicional de cada comunidad autónoma.
Si tienes alguna duda LLÁMANOS al 961 286 837, te atenderemos encantados.
En la siguiente imagen podemos ver un resumen de cómo sería este proceso selectivo:
Para aquellos que puedan optar tanto a un procedimiento como a otro lo primero que pueden hacer mientras esperan a que salgan las convocatorias oportunas es realizar los cursos acreditados necesarios para adquirir la puntuación que estos proporcionan. No dudes en llamarnos ¡TE RESOLVEREMOS TODAS LAS DUDAS!