Oposiciones Secundaria Galicia 2021
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Convocatoria oposiciones 2020 Secundaria Galicia
La Xunta de Galicia se pronunció al respecto informando del aplazamiento de las oposiciones agendadas para este año(a causa de la pandemia global ocasionada por el COVID19), en un primer momento se planteó celebrarlas en este mismo año, pero se desestimó debido al “efecto llamada” que se produjo, al intentar opositores de otras comunidades examinarse en Galicia
Oposiciones 2021 Secundaria Galicia
La Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, aseguró que mantendría las plazas fijadas para la anterior convocatoria, convocando así 1174 plazas repartidas de la siguiente forma:
- Educación Secundaria: 781 plazas.
- EOI (Escuela Oficial de Idiomas): 30 plazas.
- Formación Profesional: 363 plazas.

Requisitospara profesores de Secundaria en Galicia
- Ser español o tener nacionalidad Europea o pertenecer a algún Estado con aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo sobre libre circulación.
- Tener cumplidos los dieciséis años y no haber alcanzado la edad mínima establecida para la jubilación.
- No padecer enfermedad ni otro tipo de impedimentos que resulten incompatibles con el correcto desempeño de las funciones relativas al cuerpo y especialidad a que se opta.
- No tener expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar de igual forma la ausencia de expedientes disciplinarios.
- No ser funcionario de carrera en prácticas del mismo cuerpo al que se refiera la convocatoria, excepto que sea para la adquisición de nuevas especialidades.
- Acreditar no haber sido condenado por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.
Estar en posesión del título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia (Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto...)
Es necesario la realización del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas.

Prueba de selecciónpara profesores de Secundaria en Galicia
El personal docente de Secundaria se escoge tras pasar de forma satisfactoria 4 fases que son: fase previa de acreditación, fase de oposición, fase de concurso y fase de prácticas. A continuación se desarrollan cada una de estas fases:
Los aspirantes deben acreditar el correcto conocimiento de los dos idiomas oficiales de Galicia, mediante la validación del certificado de conocimiento de lengua gallega (Celga 4), curso de perfeccionamiento de la lengua gallega, validación del curso de perfeccionamiento en lengua gallega realizada por el órgano competente, el título de licenciatura en Filología Gallego-Portuguesa, certificado de aptitud o nivel avanzado de gallego de la escuela oficial de idiomas o certificado de tener el curso de especialización en lengua gallega.
Es una prueba de conocimientos que se divide en dos partes, la parte A donde se desarrolla un tema de los escogidos por el aspirante de entre los extraídos al azar por el tribunal, dispondrán de dos horas; y una parte B de carácter práctico donde en función de la especialidad tendrá una duración y características particulares.
Las pruebas se califican de 0 a 10 ponderándose de la siguiente forma:
- Parte A: 60%
- Parte B: 40%
La fase de prácticas forma parte del procedimiento selectivo y tiene por objeto la comprobación de que el personal aspirante posee las capacidades didácticas necesarias para el ejercicio de la docencia. Se realizarán en los destinos provisionales que les correspondan, conforme al procedimiento que establezca la Dirección General de Centros y Recursos Humanos, bien en puestos vacantes, bien en sustituciones, con desempeño de función docente con plena validez académica. La duración de la fase de prácticas será de cuatro meses. La Dirección General de Centros y Recursos Humanos podrá flexibilizar este periodo por causas justificadas y la flexibilización podrá afectar tanto a la duración como a la temporalización.

Horario y vacacionesde un profesor de Secundaria en Galicia
El horario de un profesor de secundaria no puede sobrepasar las 25 horas por ley, de las que serían 18 horas lectivas (docencia directa, tutoría lectiva, asistencia a actividades complementarias...), y 7 horas no lectivas (servicio de guardia, reuniones, tutorías...).
Horario no regular de 10 horas , por tanto son 35 horas laborales a la semana, siendo 30 de ellas en el centro.El horario de los profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas (EOI) y Formación Profesional (FP), es similar al de los profesores de Secundaria.
Además de las fiestas de ámbito estatal, son días no lectivos los festivos así declarados por la Consellería de Economía, Empleo e Industria de la Xunta de Galicia.
En los centros en que una o las dos fiestas laborales de carácter local no coincidan con días de clase, los consejos escolares o los responsables de los centros podrán solicitar uno o dos días no lectivos.

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para profesores de Secundaria en Galicia
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Temario actualizado 2020
para profesores de Secundaria en Galicia
- En las especialidades del cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, los establecidos en la Orden de 9 de septiembre de 1993 (“Boletín Oficial del Estado” del 21) y en la Orden de 1 de febrero de 1996 (“Boletín Oficial del Estado” del 13).
- En las especialidades de Alemán, Francés e Inglés de los cuerpos de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, los establecidos en la Orden de 9 de septiembre de 1993 (“Boletín Oficial del Estado” del 2).
- En las especialidades de Chino, Danés, Japonés y Rumano de los Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, los temarios previstos en la Orden de 19 de noviembre de 2001 (“Boletín Oficial del Estado” del 31 de diciembre).
- En la especialidad de Euskera de los Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas el temario previsto en la Orden ECD/447/2003, de 5 de marzo, por la que se modifican parcialmente la Orden de 9 de septiembre de 1993, la Orden de 20 de abril de 1994, la Orden de 1 de febrero de 1996 y la Orden ECD/310/2002, de 15 de febrero (“Boletín Oficial del Estado” de 6 de marzo).
- Para la especialidad de Catalán de los Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas los temarios previstos en la Orden ECD/2606/2003, de 28 de julio (“Boletín Oficial del Estado” de 23 de septiembre).
- Para la especialidad de Ruso de los Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas el temario previsto en la Orden de 30 de abril de 1996 (“Boletín Oficial del Estado” de 11 de mayo).
- En las especialidades del cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, los establecidos en la Orden de 1 de febrero de 1996 (“Boletín Oficial del Estado” del 13).
- En las especialidades vinculadas a las enseñanzas de Música y Danza, del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, los establecidos en la Orden ECD/1753/2015, de 25 de agosto de 2015 (“Boletín Oficial del Estado” del 28) y en las especialidades vinculadas a las enseñanzas de Arte Dramático, los establecidos en la Orden ECD/310/2002, de 15 de febrero de 2002, por la que se aprueban los temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en el Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas.
- En las especialidades de los Cuerpos de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, los establecidos en la Orden ECD/826/2004, de 22 de marzo de 2004 (“Boletín Oficial del Estado” del 31).