Oposiciones Secundaria Islas Baleares 2025
Una de las opciones que se suelen plantear a la hora de buscar un trabajo estable, bien remunerado y con grandes posibilidades de promoción es el de opositar para obtener una plaza como profesor de Secundaria, Formación Profesional o EOI(Escuela Oficial de Idiomas), desde Opositer queremos darte un servicio completo, ya sea con toda la información relevante a tus intereses, o con la amplia gama de cursos homologados para oposiciones de secundaria pensados especialmente para ti.







Convocatoria Oposiciones 2024 Secundaria Islas Baleares

Requisitospara profesores de Secundaria en Islas Baleares
- Ser español o Europeo o perteneciente a algún Estado con aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo sobre libre circulación.
- Tener dieciséis años cumplidos y no exceder, en el momento del nombramiento como funcionario de carrera, la edad establecida para la jubilación con carácter general.
- Estar en posesión, o reunir las condiciones para la expedición, de alguna de las titulaciones que para cada cuerpo determina esta base. En caso de que la titulación mencionada se haya obtenido en el extranjero hace falta que previamente haya sido concedida la correspondiente credencial de homologación.
- No sufrir ninguna enfermedad ni estar afectado por ninguna limitación física o psíquica incompatible con el ejercicio de las funciones correspondientes al cuerpo y a la especialidad.
- No haber estado separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cabeza de las administraciones públicas, ni encontrarse en inhabilitación.
- No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad y la indemnidad sexual.
- No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento del mismo cuerpo en el cual quiere ingresar.
- Estar en posesión del título de doctor, licenciado, ingeniero o arquitecto, o el título de grado correspondiente, u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

Prueba de selecciónpara profesores de Secundaria en Islas Baleares
En este caso son 4 las fases, ya que hay una previa acreditación de la lengua cooficial de la comunidad balear.
Con carácter previo, la prueba de acreditación del conocimiento de la lengua castellana por los aspirantes que no posean la nacionalidad española y la prueba de conocimientos de la lengua catalana, este mismo día se hacen públicas las calificaciones de estas pruebas en el tablón de anuncios de la sede de los respectivos tribunales
La fase de oposición consta de dos pruebas de carácter eliminatorio, la superación de ambas pruebas permite al aspirante pasar a la fase de concurso.
PRIMERA PRUEBA
Tiene por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.
Parte A: desarrollo por escrito de un tema escogido por el aspirante de entre un número de temas sacados al azar por el tribunal de los correspondientes al temario de la especialidad.
Parte B: una prueba práctica que permita comprobar que los aspirantes poseen la formación científica y el dominio de las habilidades instrumentales o técnicas correspondientes a la especialidad a la que se opta.
SEGUNDA PRUEBA
El tribunal tiene que citar a los aspirantes para la realización de esta prueba con 24 horas de antelación al inicio de la actuación de los aspirantes.
Parte A. El aspirante expondrá y defenderá oralmente la programación didáctica, entregada ante el tribunal cuando sea citado a tal efecto.
Parte B. La preparación y exposición oral ante el tribunal, de una unidad didáctica, puede estar relacionada con la programación presentada por el aspirante o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad.
Ambas pruebas se valorarán globalmente de 0 a 10 puntos. Para su superación los aspirantes tienen que obtener una puntuación igual o superior a cinco puntos.
Se tendrán en cuenta aquellos méritos que constan en la Dirección General de Personal Docente con la puntuación correspondiente por aplicación del baremo de méritos que corresponda y que figuran en la hoja de baremo del trámite telemático.
El baremo de méritos lo explicaremos más adelante en profundidad.
La fase de prácticas es tutelada por profesores experimentados y forma parte del proceso selectivo, cuyo objetivo es la valoración de la aptitud para la docencia de los aspirantes que han sido seleccionados. Se realiza en destinos provisionales adjudicados, la duración de la fase de prácticas es de mínimo tres meses de actividad docente.
Finalizada la fase de prácticas, las comisiones calificadoras evalúan a cada uno de los aspirantes nombrados funcionarios en prácticas con la calificación de apto o no apto.

Sueldode un profesor de Secundaria en Islas Baleares
Es un apartado variable, ya que depende de muchos factores externos, esto puede ayudarnos a hacernos una idea aproximada.
- Sueldo base: en caso de pertenecer al grupo A1 le pertenecen 1179.96€.
- Complemento específico: 745.35€
- Complemento de destino: 620.22€.
- Antigüedad: pertenecen 43.27€ por cada trienio (3 años)
Además de esto se perciben dos pagas extraordinarias en los meses de Julio y Diciembre, por lo que aproximadamente el salario bruto de un profesor de secundaria rondaría los:
- Mallorca: 2643.34€
- Otras Islas: 2653.82€
En el caso de los profesores de FP serían 2464.51€ y para los profesores de la Escuela Oficial de Idiomas 2648.36€.

Horario y vacacionesde un profesor de Secundaria en Islas Baleares
El horario para profesores de secundaria es de 35 horas laborales a la semana, de ellas 18 horas son "lectivas" (docencia directa, tutoría lectiva, asistencia a actividades complementarias...), y 7 horas son "no lectivas" (servicio de guardia, reuniones, tutorías...).
Se suman otras 10 horas del horario no regular.
Las vacaciones son las mismas para los profesores de FP, EOI y Secundaria, teniendo 5 días semanales de trabajo, por tanto 22 días laborables al mes, a excepción del mes de julio que se considera no lectivo.

Formación recomendadapara profesores de Secundaria en Islas Baleares
A parte de la formación actual del aspirante recomendamos desde Opositer una continua formación, si esa formación también es válida y acreditable a la hora de presentar el baremo de méritos es la opción que deberías realizar.
Desde Opositer te ofrecemos toda una gama de cursos homologados para oposiciones de Secundaria y especializados enfocados a mejorar tu formación y al estar homologados también puntuarán en tu baremo de méritos a la hora de presentar la oposición, son totalmente online y permitirán profundizar en tu especialidad.

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para profesores de Secundaria en Islas Baleares

Temario actualizado
para profesores de Secundaria en Islas Baleares
- En las especialidades del cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, los establecidos en la Orden de 9 de septiembre de 1993 (“Boletín Oficial del Estado” del 21) y en la Orden de 1 de febrero de 1996 (“Boletín Oficial del Estado” del 13).
- En las especialidades de Alemán, Francés e Inglés de los cuerpos de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, los establecidos en la Orden de 9 de septiembre de 1993 (“Boletín Oficial del Estado” del 2).
- En las especialidades de Chino, Danés, Japonés y Rumano de los Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, los temarios previstos en la Orden de 19 de noviembre de 2001 (“Boletín Oficial del Estado” del 31 de diciembre).
- En la especialidad de Euskera de los Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas el temario previsto en la Orden ECD/447/2003, de 5 de marzo, por la que se modifican parcialmente la Orden de 9 de septiembre de 1993, la Orden de 20 de abril de 1994, la Orden de 1 de febrero de 1996 y la Orden ECD/310/2002, de 15 de febrero (“Boletín Oficial del Estado” de 6 de marzo).
- Para la especialidad de Catalán de los Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas los temarios previstos en la Orden ECD/2606/2003, de 28 de julio (“Boletín Oficial del Estado” de 23 de septiembre).
- Para la especialidad de Ruso de los Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas el temario previsto en la Orden de 30 de abril de 1996 (“Boletín Oficial del Estado” de 11 de mayo).
- En las especialidades del cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, los establecidos en la Orden de 1 de febrero de 1996 (“Boletín Oficial del Estado” del 13).
- En las especialidades vinculadas a las enseñanzas de Música y Danza, del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, los establecidos en la Orden ECD/1753/2015, de 25 de agosto de 2015 (“Boletín Oficial del Estado” del 28) y en las especialidades vinculadas a las enseñanzas de Arte Dramático, los establecidos en la Orden ECD/310/2002, de 15 de febrero de 2002, por la que se aprueban los temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en el Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas.
- En las especialidades de los Cuerpos de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, los establecidos en la Orden ECD/826/2004, de 22 de marzo de 2004 (“Boletín Oficial del Estado” del 31).